El Recurso Preventivo en una obra de construcción es aquel trabajador designado por el empresario que tiene las funciones de vigilar el cumplimiento de las medidas incluidas en el Plan de Seguridad y Salud de la Obra y comprobar la eficacia de éstas, además de garantizar el cumplimiento de los métodos de trabajo incluidos en dicho plan.
¿Cuándo se requiere la presencia de un Recurso Preventivo en obra?
a) Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo.
b) Cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos especiales.
c) Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas.
La obligación de designar Recurso Preventivo en las obras de construcción recae sólo en la/s empresa/s contratista/s, a diferencia de otros sectores, donde la obligación es para todas las empresas concurrentes. La empresa contratista deberá designar formalmente, mediante un Acta de Nombramiento, al Recurso Preventivo en obra.
Formación necesaria para ser Recurso Preventivo
Un Recurso Preventivo debe contar con la formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones del nivel básico, complementada con formación teórica y práctica específica sobre los trabajos, equipos, técnicas a desarrollar, normas, riesgos y medidas preventivas a aplicar. La formación de nivel básico tiene una duración de 60 horas y sus contenidos vienen recogidos en el Convenio General del Sector de la Construcción.
Permanencia del Recurso Preventivo en obra
Sólo será necesaria su presencia en obra mientras persistan las condiciones que han producido la obligación de su nombramiento. Deberá situarse en un lugar donde, sin suponer un factor adicional de riesgo para todo el personal, ni para él mismo, le permita cumplir con las funciones de control establecidas.
